pues como ya puse antes lo he sacado del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, osea del mismo sitio que tu porque es la Ley de propiedad intelectual.
como bien pone en el articulo 31, "a partir de obras a las que haya accedido legalmente", por tanto eso deja fuera cualquier tipo de descarga directa. ademas, si sigues leyendo en ese mismo articulo (lo que no has puesto en negrita), te lleva al articulo 99 (para cualquier software que, basicamente, es todo excepto musica y peliculas), que es el que puse arriba, y aqui contesto a la pregunta que me has hecho de "donde te has sacado eso". Muchas veces hay que leerse la letra pequeña y más teniendo en cuenta que hablamos de legislación, porque en esos detalles es donde están las claves para saber lo que se puede hacer y lo que no.
haha haaamijo en esa fase estamos entrando todos. creo que a nadie de aqui ya le da tiempo a pasarse mas de un juego al mes o comerse series y series.